CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCION, en consecuencia, se otorga de manera TEMPORAL a los ciudadanos MARIA MERCEDES CERRADA RIVAS y LUIS ENRIQUE ARIAS LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 8.027.343 y V- 8.012.745, domiciliados en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en su condición de abuelos maternos LA COLOCACION FAMILIAR Y REPRESENTACION LEGAL de la ciudadana adolescente OMITIR NOMBRE, de doce (12) años de edad, quedando facultados de manera provisional para ejercer la crianza, custodia, vigilancia, asistencia material, moral y afectiva de la adolescente de autos