L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante CIRILO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 664.345, quien falleció ab-intestato el 22 de Julio del 2011, según consta en Acta de Defunción Nº 039, certificación de fecha 25 de Julio del año 2011, emitida por la ciudadana YULIAN YESSIKA VALERO HENRIQUEZ, Registradora Civil de la Parroquia El Llano-San Francisco del Municipio Tovar del Estado Mérida, a los ciudadanos: R.....