este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por el ciudadano DANIEL RODRIGUEZ ARANGO, asistido por el Abogado en ejercicio JOSE LUIS TORRES GUERRERO.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DANIEL RODRIGUEZ ARANGO y RODE BEATRIZ VEDOVATO NUÑEZ, contraído en fecha 05 de marzo de 2009, por ante el Concejo Municipal del Municipio Alberto Adriáni del Estado Mérida, conforme se evidencia del Acta Nº 04,
TERCERO: Por cuanto los solicitantes han manifestado que no procrearon hijos, no se dicta provid.....