DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLEIN LIMINE LITIS la demanda deRECONOCIMIENTO DE PROPIEDAD SOBRE PLATAFORMA DIGITAL, promovida porel ciudadano RICARDO ARGEL RIVAS DUGARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.967.475, asistido por el abogado JUAN CARLOS SARACHE BALZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.467.463, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.009, contra el ciudadano DOUGLAS ALEXANDER ROOS DIDENCU, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-20.431.947, de este domicilio y hábiles. De conformidad con lo establecido en los artículos340 ordinal 2º, 341 en concordancia con el 78 del Código de Procedimiento Civil y jurisprudencias citadas. Y ASÍ S.....