Este Juzgado decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA TRANSPORTE BATALLA DE MUCURITA R.L., en la persona de su coordinador general y representante legal, ciudadano MARIO FRANCISCO TORRES PALACIOS, en su carácter de deudor aceptante, y solidariamente a los ciudadanos FREDDY RAFAEL MORÓN MORENO y FERNANDO JOSÉ CALDERÓN DUGARTE, como avalistas, hasta por la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 688.474,52), que comprende el doble de la suma debida, esto es, la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,oo), más la cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 10.779,62) por concepto de intereses, y más la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 77.694,90) por concepto de honorarios profesionales calculados prudencialmente por el Tribunal, con la a.....