DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano JOSE HILARON BARILLAS ZERPA, natural del estado Mérida, venezolano, natural del estado Mérida, nacido en fecha 22-07-1996, de 18 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 26-043.643, hijo de Silvana Villamizar Rangel (V) y Hilarion Barillas CAstillo (V), profesión Estudiante de Upetm, Con domicilio en el sector las delicias, casa s/n , en la via de acceso al tanque del acueducto, la playa, bailadores, Municipio Rivas Dávila del.....