SE DECLARÓ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado CARMEN ELENA OJEDA, en su condición de Defensora de los acusados ERNESTO ANTONIO GALUE, JOSÉ ROSARIO ROA MONTERO y ASNALDO VEGA SUAREZ, contra la sentencia, que fuera pronunciada por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, cuyo fallo fue publicado el día 09 de junio de 2004, mediante la cual CONDENÓ, a los acusados ERNESTO ANTONIO GALUE, JOSÉ ROSARIO ROA MONTERO y ASNALDO VEGA SUAREZ, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por el delito de HURTO AGRAVADO SOBRE OBJETO A LA CONFIANZA PÚBLICA, cometido en perjuicio de la PLANTA DE DISTRIBUCIÓN DE PDVSA.