Este Tribunal De Primera Instancia En Lo Penal En Función De Control Nª 03 Del Circuito Judicial Penal Del Estado Mérida, Extensión El Vigía. Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Decide: ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSÉ ALFONSO LÓPEZ SALCEDO, Venezolano, de 35 años de edad, natural de Torondoy, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 13.064.946, casado, fecha de nacimiento 16-05-1974, de ocupación u oficio obrero de albañilería, hijo de Dima López (v) y Florencia Salcedo (v), residenciado el Sector la Bolívar, Calle los Parceleros, casa s/n, más arriba del Taller de Soldadura del Señor Marcos, casa de color blanco con rosado y puertas de color marrón, Torondoy, Estado Mérida, teléfono 0271-775.....