En consecuencia, este Juzgado de Control No 03, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION A FAVOR DE LA CIUDADANA ANA LUCIA BARRIOS DE RODRIGUEZ, venezolana, de estado civil casada, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad No 8.022.098, residenciada en el sector Pie del llano, pasajes Los Picones, casa No 1-77, Mérida Estado Mérida. SEGUNDO: Ofíciese a la Dirección General de la Policía del Estado Mérida, para que se sirva designar funcionarios Policiales, quienes deberán ser identificados y darán custodia a la victima por extensión y a sus hijos, por un laso de sesenta días, consistente en rondas policiales por su domicilio anteriormente identificados e informaran a la Juez de lo actuado.