En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos LUIS EMIRO CARRERO PEÑALOZA venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.324.409, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y civilmente hábil, representado en este acto por la abogada en ejercicio ANY KHARYNA VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.350.755, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.019, de este domicilio y jurídicamente hábil, representación que consta en poder especial otorgado ante la Notaría Pública Trigésima de Caracas, Municipio Libertador del Distrito.....