DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el ciudadano EUSEBIO GERMANO PEREIRA DE LA HOZ, en contra del ciudadano JOSE HUGO AVENDAÑO MATHEUS; de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-
TERCERO: Por cuanto la presente decisión sale dentro del lapso no se requiere la notificación de la parte actora.
V
Publíquese, regístrese y déjese copia, cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICI.....