Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario en funciones de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ejecuta la sentencia en la cual fue condenado JULIO ANTONIO BRAVO TORRES (antes identificado), a cumplir la pena de diez (10) años y ocho (8) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Robo Genérico previstos y sancionados en los artículos 455 y 458 del Código Penal vigente; establece las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, previstas en el Código Orgánico Procesal Pena y la normativa legal venezolana, previo cumplimiento de requisitos, en las fechas que seguidamente se señalan:
Destacamento de Trabajo: pueden solicitarlo el veintinueve de junio de dos mil diez (29.06.2010).
Destino a Establecimiento Abierto: pueden solicitarlo el diecinueve de mayo de dos mil once (19.05.2011).
Lib.....