este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA, conforme a los artículos 3, 5, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio:PRIMERO: REDIME el lapso de: CUATRO (04) MESES Y DOS (02) DÍAS, de la pena total que cumple el penado JOSÉ LUIS SÁNCHEZ OSORIO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.244.676, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, nacido en fecha 22-04-1970, de 38 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, hijo de Julio Sánchez y de Nancida Margarita Osorio de Sánchez, residenciado en la Urbanización Carabobo, Vereda 10, Casa Nº 02, El Vigía, Estado Mérida, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental “DUACA”, Estado Lara. SEGUNDO: Al elaborar el cómputo actualizado, se observa que el pen.....