DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano: por el ciudadano: JOSÉ FERNANDO SUAREZ CACERES, venezolano, mayor de edad, con fecha de nacimiento 11-02-1986, de 23 años de edad, soltero, estudiante, hijo de Licidia del Carmen Cáceres Castellanos y José Fernándo Suárez Araujo, titular de la cédula de identidad N° V-17.347.929, domiciliado en los Chorros de Milla, Urbanización San pedro, Calle Ciega, Casa N° 03, Segunda Planta a mano derecho de las escaleras, casa con estacionamiento en toda la esquina con rejas negras, teléfono 0416-1343807, Mérida, Estado Mérida, asistido legalmente por el abogado LUIS SOSA, y en consecuencia acuerda: La Devolución inmediata del vehículo solicitado y ampliamen.....