PARTE DISPOSITIVA
Ahora bien, de la valoración de las pruebas documentales que obran en autos y lo expuesto por el solicitante y la progenitora a través de video llamada, quienes están de acuerdo en que su hija viaje a España y fije su residencia en dicho país. Se evidencia que se cumple con los requisitos de ley, y que es beneficiosa; pues además de garantizarle al adolescentes de autos el derecho a ser criado por su madre, el padre y la madre le están otorgando el consentimiento y la debida autorización para que viaje y se residencie en España, lo cual le permitirá como residente acceder a los beneficios y tramitar cualquier requerimiento ante las autoridades de dicha nación. Con lo cual se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos en nuestra ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes artículos 13, 27, 28, 30, 53 y 54, como lo establecido en la Convención del Niño. Y así se decide. EN CONSECUENCIA, en aplicación de los artículos 8 y 4, de la Ley O.....