DISPOSITIVA
De conformidad con el artículo 617, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y sentencia de la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 27-11-2001, ponente Dr .Iván Rincón Urdaneta, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 01 de la sección Penal de Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: declarar en rebeldía y se ordena la UBICACIÓN, en virtud de los razonamientos antes señalados a los fines de la realización de la audiencia y la continuación del proceso con respecto a la adolescente antes mencionada. Se da un lapso de quince días para su ubicación vencido el lapso se ordenara su captura en caso de no ser ubicado. Líbrese oficio a la comandancia de Ejido. Las partes presentes quedaron notificadas en la misma audiencia, siendo que la presente decisión es pronunciada dentro del lapso legal. Diarícese, regístrese, Certifíquese y Cúm.....