Se dicto sentencia en la que se declaró:PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 22 de mayo de 2023, por el abogado LUCIDIO ENRIQUE PERNÍA RUÍZ, en su carácter de coapoderado judicial de la ciudadana ELIODIGNA MORA, contra la decisión interlocutoria contenida en el auto de fecha 19 de mayo del citado año, dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, en el juicio a que se contraen las presentes actuaciones, En consecuencia, con base en la motivación de la presente sentencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada. SEGUNDO: Por cuanto la sentencia apelada fue confirmada, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA a la apelante en las costas del recurso.