DISPOSITIVA:
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: UNICO: Vista las actuaciones presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público siendo que en las mismas no riela ninguna actuación en la que consta que al investigado se le haya incautado algún objeto de los sustraídos a la victima y en virtud del dicho de la misma, quien manifestó al Tribunal que no logro ver a la persona que lo robo, pero que permitió la detención del investigado solo para resguardar su integridad física, por cuanto la comunidad quería hacer justicia sin medir las consecuencias y aunado a la declararon del mismo investigado esta juzgadora estima prudente y ajustado a derecho no decretar la aprehensión en Flagrancia, en contra del ciudadano SALAS JOSE LEONARDO, plenamente identif.....