DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de Calificación de Flagrancia. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el Procedimiento Ordinario conforme a la Artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual remítase en su oportunidad legal la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. TERCERO: Se Impone al Imputado JEAN CARLOS ARANDIA SEGOVIA, venezolano, de 24 años de edad, soltero, nació en fecha 18-08-1981, titular de la cedula N° 20.752.478, Agricultor, natural de Caja seca Estado Zulia, hijo FANNYS COROMOTO SEGOVIA y PEDRO PABLO ARANDIA, domiciliado en el Silencio cerca de Alcaldía casa 03 Arapuey, estado Mérida, la Medida Ca.....