Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de GUMERSINDO ENRIQUE GUTIERREZ HERNANDEZ, el cual no se encuentra plenamente identificado en la presente causa, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana CANAIMA COROMOTO QUINTERO ALTUVE, venezolana, de 31 años de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 10.237.706, residenciada en el Sector Caño Seco III, calle 03, casa 01, diagonal a la Bodega la M, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de .....