Primero: CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana ISABEL YAJAHIRA BOADA, contra PROMOCIONES 181818, C.A., en la persona del ciudadano IGOR FLASZ GOLDBERG.
Segundo: Se ordena a PROMOCIONES 181818, C.A., en la persona del ciudadano IGOR FLASZ GOLDBERG, cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00177-2010, de fecha 16 de Septiembre de 2010 contenida en el expediente administrativo No. 046-2010-01-00240, que ordenó el Reenganche y Pago de Salarios Caídos de la accionante, debiendo la empresa participar por escrito a este Tribunal la forma efectiva de cumplimiento de la presente Acción Constitucional.
Tercero: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Cuarto: De igual manera de conformidad con el literal "a" del articulo 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Juzgador le concede un termino de quince (15) días hábiles, a partir del la publicación del texto integro del fallo,.....