Decisión
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: NIEGA LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO PRESENTADA POR LA FISCALÍA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO POR CONSIDERAR QUE EN EL PRESENTE CASO EXISTEN SUFICIENTES ELEMENTOS DE CONVICCIÓN PARA PRESUMIR QUE ESTAMOS EN PRESENCIA DE LA COMISIÓN DE UNO DE LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD, Y ORDENA REMITIR LAS ACTUACIONES AL FISCAL SUPERIOR A LOS FINES DE QUE SE PRONUNCIE EN CUANTO A SI RATIFICA O RECTIFICA LA PETICIÓN FISCAL. Se fundamenta la presente decisión en los Artículos 2, 26, 30, 51, y 257 Constitucional; 1, 2, 4, 5, 6, 7, y 323 COPP. Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase una ves quede firme a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, a los fines.....