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Decisiones del dia 11/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2.563 N° Sentencia : Fecha: 11/07/2008
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: ANTONIO RAMON CONTRERAS VILORIA Y MARIA VICENTA MERCADO DE CONTRERAS.- DEMANDADO: ARMANDO VALERA.
Resumen:
Por todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO incoada por los ciudadanos: ANTONIO RAMON CONTRERAS VILORIA y MARÍA VICENTA MERCADO DE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V- 3.939.959 y V- 3.295.182, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistidos por el abogado en ejercicio MANUEL SALVADOR UZCATEGUI JUMENEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nos. V- 8.008.514 e inscrito en el INPREABOGADO bajo los N° V-66.743, domiciliado en Mérida Estado Mérida, contra el ciudadano: ARMANDO VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.348.437, domiciliado en la Ciudad de Ejido estado Mérida y civilmente hábil representada por la Defe.....
Juez/Ponente:
María M Uzcategui
Organo:
Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
arriba

N° Expediente : 2.571 N° Sentencia : Fecha: 11/07/2008
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Ocasionados Accidente Tránsito
Partes:
DEMANDANTE: JORGE LUIS ROJAS MARQUEZ Y FRANCISCO ARGENIS MANJARRES, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V- 8.031.771 Y V- 11.466.179 RESPECTIVAMENTE, INSCRITOS EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO LOS NOS. 90.649 Y 80.933 EN SU ORDEN, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL CIUDADANO DIOGENES RIVAS HERNÁNDEZ DEMANDADO: LORENZO ALBORNOZ PEÑA
Resumen:
Y ASÍ SE DECIDE. En vista de las consideraciones anteriores, se evidencia de autos la prescripción de la acción, conforme a lo establecido en el artículo 134 de la Ley de Tránsito Terrestre, norma vigente para la fecha en que fue presentado ante este Juzgado el libelo de la demanda, en consecuencia, quién Juzga, no le queda otra alternativa que declarar con lugar dicha defensa perentoria de prescripción, opuesta por el ciudadano LORENSO ALBORNOZ PEÑA, con la asistencia de la abogada DULCE ELENA VALENCIA GIL. Razón ésta que hace innecesario, pronunciamiento alguno sobre los demás planteamientos efectuados tanto en la demanda como en la contestación. Y ASÍ SE DECIDE. DISPOSITIVA Por todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la defensa perentoria de prescripción de l.....
Juez/Ponente:
María M Uzcategui
Organo:
Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
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