PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra de los ciudadanos NANCY JOSEFINA NUÑEZ, ELIZABETH MANRIQUE RONDON, y OSWALDO ELI ANGULO SALAS. SEGUNDO: Se precalifica los hechos para la ciudadana NANCY JOSEFINA NUÑEZ como autora responsable del delito de CIRCULACION DE MONEDA FALSA, previsto y sancionado en el artículo 300 del Código Penal, y para los ciudadano ELIZABETH MANRIQUE RONDON, y OSWALDO ELI ANGULO SALAS, como COOPERADORES INMEDIATOS del delito de CIRCULACION DE MONEDA FALSA, previsto y sancionado en el artículo 300 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. TERCERO: Se acuerda la tramitación de la presente causa conforme a las reglas del procedimiento abreviado, previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se impone a los imputados NANCY JOSEFINA NUÑEZ, ELIZABETH MANRIQUE RONDON, y OSWALDO ELI ANGULO SALAS, medidas menos gravosas, que para el caso particular consisten en: 1.-Presentación personal del imputado cada .....