este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 177 parágrafo cuarto de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA a los adolescentes y la niñas: OMITIR NOMBRES, de dieciséis (16), trece (13) y once (11) de edad en su orden, y la ciudadana AEREANI FUENMAYOR ESCOBAR, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ALI ALBINO VELOZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, militar jubilado, titular de la cédula de identidad Nº V-5.278.130 y falleció en fecha doce de noviembre de dos mil doce (12-11-2012), según se evidencia en Acta de Defunción Nº 502, folio .....