este Juzgado de de Primera Instancia, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de CIRO ALFONSO QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 9.052.472, residenciado en la vía panamericana, al lado de la Quesera San Pedro, Municipio Independencia, Estado Mérida; y JULIO CESAR MERCADO ROSALES, titular de la cédula de identidad N° 5.511.783, residenciado en el sector los Guayabotes, casa s/n, al lado de la estación de servicios el Carmen, Caja Seca, Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de OCTAVIO ANTONIO TERÁN GARCÍA (hoy occiso) titular de la cédula de identidad N° 6.780.816, residenciado en sector El Brillante, vía panamericana del Municipio Gibraltar, Estado Zulia, con f.....