DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de sobreseimiento realizada por la Defensora Pública Décima Octava, Abogada YIRKY CLARIBET BALZA, ello por evidenciarse que el ciudadano JOHAN ANTONIO JIMÉNEZ MURO no ha cumplido totalmente las condiciones impuestas por este Juzgado en fecha 08-12-2016. SEGUNDO: Se ordena la aprehensión del ciudadano JOHAN ANTONIO JIMÉNEZ MURO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.796.214, de ocupación u oficio Obrero, con domicilio en Catia La Mar, urbanización Arrecife, edificio N, piso 1, apartamento 1-2, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo .....