Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR TRINO RANGEL TREJOO, CI 8.706.972, por el delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 422 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Pena, en agravio MARIA ISABEL RONDON. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 45, 48 numeral 8, 177, 318 numeral 3 y primer aparte del 531 todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 30, 49, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.