este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente DEMANDA incoada por el abogado en ejercicio ADALBERTO ALVARADO, IPSA N° 34.008, Titular de la cedula de identidad Nro. V- 8.074.488 actuando como apoderado Judicial del ciudadano ADIB HASSAN JBAUR NASSER EL DIN, mayor de edad, titular de la cedula de identidad de Siria N° E-6032727/010716 y con cedula de identidad Venezolana Sirio Residente Nro. E-616.517, domiciliado en Salkhad, Estado Soueida, República Arabe de Siria . Y ASÍ SE DECLARA.
Como consecuencia, de la anterior declaratoria se DECLINA LA COMPETENCIA, para el JUZGADO SUPERIOR ESTATAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ubicado en el Mu.....