PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE AL EXTERIOR, suscrito y presentado por los ciudadanos LEIDY CAROLINA SARCOS BRACHO y EFRAÍN GREGORIO FERNÁNDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-16.657.386 y V-19.144.743, en su orden, domiciliados la primera en la calle 2, casa N° 52-A, sector El Entable, Los Curos, parte baja, parroquia Osuna Rodríguez, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo en Residencia Los Bucares, Avenida Las Américas, torre A, piso 5, apartamento 5-2, y civilmente hábiles; a favor de la adolescente SHERLYN VALENTINA FERNÁNDEZ SARCOS, de trece (13) años de edad, F.N:15/06/2010, titular de la cédula de identidad N° V-33.699.867, con Pasaporte N° 180776476; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.