IV
DISPOSITIVA
En orden a lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la ciudadana GLADDY MARÍA ROJAS DE ZAMBRANO, parte demandante en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FORTUNATO SERGIO LEONARDO RICCI BERMUDEZ, sobre: Un inmueble constituido por dos lotes de terreno con su casa en construcción ubicado en el sitio denominado el salado, jurisdicción de la parroquia Montalbán, del Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida. Dicho inmueble es propiedad del ciudadano OSCAR ENRIQUE ZAMBRANO DÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.489.624, de este domicilio y civilmente hábil, tal y como consta .....