DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Juicio N° 3, actuando como unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a la ciudadana DORALINA AGOSSI MALDONADO, ut supra identificada, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como autora y responsable en la comisión del delito de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y castigado en el artículo 34 de la LOSSEP, en armonía con el numeral 1° del artículo 43 ejusdem, cometido en perjuicio de la Colectividad; pena ésta que deberá cumplir en el sitio de reclusión, y bajo las modalidades que determine el tribunal de ejecución correspondiente, al cual se ordena la remisión de las actuaciones, una vez firme la decisión. En vista de que la acusada se encuentra som.....