Se dictó auto y a tenor de lo dispuesto en el artículo 262, ordinales 2° y 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, se revocó la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, y se acordó la privación judicial preventiva de libertad del imputado Ricardo Antonio Montiel, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.579.568, de 25 años de edad, oficial de seguridad, domiciliado en la Av. Los Próceres, sector Pie del Tiro, casa N° 27, Mérida, Estado Mérida, por no presentarse ante el Tribunal y no cumplir con la sistencia a los actos del proceso.