JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
209° y 160°
Vista la diligencia de fecha 06 de junio de 2019 (folio 98), suscrita por el querellante ERIK MARIO FERNÁNDEZ VALIENTE, debidamente asistido por el abogado GERARDO JOSÉ PABÓN VALIENTE, en el presente interdicto de despojo, a través de la cual consigna en el expediente la garantía exigida por este tribunal en auto de fecha 13 de mayo de 2019 (folios 93 al 95), de conformidad con lo establecido en el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, a través de cheque de gerencia N° 00070513, del Banco Provincial, a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, por el monto de CUATROCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S. 420.000,00), reconsiderado como caución, según auto de fecha 04 de junio de 2019 (folio 97). Este tribuna.....