este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circuns¬cripción Judicial del Estado  Bolivariano de Mérida, actuan¬do en sede Constitucional, administran¬do justi¬cia en nombre de la Repúbli¬ca Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la ley,  declara: PRIMERO:  CON LUGAR el presente recurso de apelación, interpuesto por  el adolescente SE OMITEN NOMBRES, venezolano,  adolescente,  de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 28.163.630,  quién actúa en  su propio nombre y  en virtud de la  progresividad de sus derechos contenidos en el artículo 13 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asistido por los profesionales del derecho abogados OLIVIA MOLINA MOLINA y  JOSÉ ÁNGEL ZAMBRANO LOBO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 99.261 y 48.133; contra la sentencia interlocutoria con carácter  de definitiva de fecha 03 d.....