este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circuns¬cripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuan¬do en sede Constitucional, administran¬do justi¬cia en nombre de la Repúbli¬ca Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el presente recurso de apelación, interpuesto por el adolescente SE OMITEN NOMBRES, venezolano, adolescente, de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 28.163.630, quién actúa en su propio nombre y en virtud de la progresividad de sus derechos contenidos en el artículo 13 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, asistido por los profesionales del derecho abogados OLIVIA MOLINA MOLINA y JOSÉ ÁNGEL ZAMBRANO LOBO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 99.261 y 48.133; contra la sentencia interlocutoria con carácter de definitiva de fecha 03 d.....