DECISIÓN: POR TODOS LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara: PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 49,numeral 1 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 174, 175 y 176 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la nulidad absoluta del escrito acusatorio presentado por la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida, contra la ciudadana LIGIA DEL CARMEN BELANDRIA, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.939.488, por cuanto se vislumbran inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales previstos en el Código Orgánico Procesal Penal y Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como, la nulidad absoluta del acto de imputación formal celebrado el día vei.....