Dispositiva
Por lo antes señalado, este Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la sustitución de la medida relacionada con la caución personal por la caución juratoria contenida en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado Boris Lewis López Osuna.
Trasládese al imputado Juan Pablo Becerra Muñoz, el día de mañana 13.08.2009, a las 9:00 de la mañana, para imponerlo del contenido de esta decisión y suscriba la correspondiente acta de compromiso. Notifíquese a las partes sobre el contenido del presente auto, y para tales efectos líbrense boletas de notificación. Certifíquese por secretaría copia de esta decisión. Cúmplase.
La Juez de Juicio N° 05
Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Wendy Dugarte
En fecha_____________________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró bolet.....