Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda UNO: Con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, a favor del imputado GABRIEL DE JESUS BRICEÑO VILLASMIL, venezolano, nacido en fecha04-03-1988, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad n° 19.097,814, de profesión obrero, hijo de Gabriel Briceño y Beatriz Villasmil, residenciado en el sector Rómulo Gallegos, vereda 5 de Julio (entrada al Colegio hacia abajo, la primera escalera, segunda casa), la Palmita, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de D.....