Por todo lo expuesto, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÓN VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano EDDY RAMON VARELA PORTILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.283.123, residenciado en la vía panamericana sector la Blanca frente a la campiña casa Nº 3-33 el Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. Notifíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la misma
ABG. GLENDA LISBETH ACEVEDO QUINTERO
Juez Temporal Del Juzgado Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Mérida Extensión El Vigía
Abg. DULCE MARIA MANRIQUE PORR.....