Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia definitiva en la presente causa, en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 30 de septiembre de 2014, por los apoderados actores, abogados GERARDO JOSÉ PABÓN VALIENTE e IVÁN DARIO RIVAS GUTIÉRREZ, por prescripción adquisitiva, mediante la cual dicho Tribunal, con fundamento en las razones expresadas en dicho fallo, declaró sin lugar la presente demanda. SEGUNDO: Como consecuencia, del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA en todas y cada una de las partes la decisión apelada.TERCERO: De conformidad con lo previsto en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA a la parte actora apelante a las costas del juicio y del recurso.