Decisión: Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los artículos 470 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal y 471 ordinal 6° ejusdem, acuerda tramitar de oficio el recurso de revisión por ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a favor de la penada Sonia Teresa Ramírez Cermeño, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° 8.000.033, la cual fue condenada en fecha cuatro (4) de marzo de 2002, por el Juzgado de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión por la comisión del delito de Ocultamiento y Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la ext.....