Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana MORAIMA GRISEL MALDONADO, las adolescentes OMITIR NOMBRE, OMITIR NOMBRE y el niño OMITIR NOMBRE, en su condición de cónyuge e hijos, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos del causante, quien en vida respondiera al nombre de JESUS ANTONIO RONDON MARQUINA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.104.609, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes de la fallecida