EL Tribunal de conformidad con los Artículos 2, 7, 25, 26, 49 y 253 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en el Artículo 807, 822, 823 del Código Civil, Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del año 2009 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante ROSA ELVIRA GOMEZ DE COLS, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.414.279, domiciliada en Chijos I, vereda 3, casa N° 19 de la población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida, según se evidencia de Acta de Defunción Nº 04, de fecha 18 de Enero de 2013, expedida por el Jefe del Registro Civil de la Población de Timotes Municipio Miranda, Estado Mérida, a los ciudadanos JESUS HIOBANI COLS RAMIREZ, ROSANY MARIANELA COLS GOMEZ y ROSANNA KATIUSKA COLS GOMEZ, venezolanos, mayores d.....