Finalizada la audiencia, oído lo expuesto por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, el Defensor Público Especializado y el imputado, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: Primero: Siendo que el Ministerio Público imputa al hoy ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 9 de Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de El Orden Público, en razón de los hechos acaecidos en fecha 04-03-2010, y visto que ha sido propuesta la conciliación como fórmula de solución anticipada, en la que el imputado se compromete a cumplir determinadas obligaciones, las cuales han sido aceptadas por .....