"...este Tribunal Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud formulada de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos DOMINGO NAVARRO MANDUCA Y ANAIS MORALES DE NAVARRO, ya identificados anteriormente, según matrimonio celebrado por ante el extinto JUZGADO Primero del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de febrero de 1972, según acta N° 19..."