Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 14 de julio de 2015, por el abogado LUIS JOSÉ SILVA SALDATE, en su condición de coapoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI GATTULLI y DAVIDE MONTAGNA, contra la sentencia definitiva de fecha 25 de junio del mismo año, proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por la sociedad mercantil "CANDILEJITA PIANO BAR RESTAURANT C.A.", representada por su Administrador ciudadano JOSÉ ARCILLO ÁVILA, contra los apelantes, por resolución de contrato. Se declaró INADMISIBLE, por falta de legitimación activa, el juicio de resolución de contrato propuesto en fecha 15 de octubre de 2008, por la sociedad mercantil "CANDILEJITA PIANO BAR RESTAURANT C.A.", representada por su Administrador ciudadano JOSÉ ARCILLO ÁVILA, contra los ciudadanos GIOVANNI GATTULLI y DAVIDE MONTAGNA.