OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado HENRY ALEXIS ARAQUE RIVAS , venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nro-18.499.572, fecha de nacimiento 14-02-1987, de 23 años de edad. ganadero, soltero, hijo de Henry Alexis Araque Dávila y Nancy Josefina Rivas y residenciado en el Sector La Pedeca , vía Santa Bárbara, diagonal a mi Motel, finca Chama Vieja, parroquia Rómulo Betancourt, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal ; condenado a cumplir la pena de UN (01) año y Seis (06) meses de Prisión, más las accesorias de ley ; los cuales se contaran a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el Tribunal al penado, las siguientes condiciones u obligaciones:------------------------------------------------------------------------.....