HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito por los ciudadanos ALVER ANDRES CARRILLO y ODRA ROSMERY MATUTE RONDON, ut supra identificados, el cual quedo establecido en los siguientes términos:
El padre buscara a su hija en la Granja Infantil sector de la Buena Esperanza, un fin de semana cada 15 días, específicamente los días viernes a las 05 de la tarde, retornándola oportunamente el día lunes a las 09:00 de la mañana, por otra parte se establece los días especiales específicamente del día del padre el niño compartirá con su padre y el día de la madre compartirá con la madre, en relación a las fechas especiales para el mes de diciembre las partes acuerdan que su hija podrá compartir los días 24 y 31 equitativamente con cada uno de sus progenitores en forma alternada anualmente comenzando este año el 31 de diciembre con el padre y el 24 de diciembre con la madre y así sucesivamente, así mismo se establece que el periodo vacacional escolar la niña compar.....