Se homologó la transacción celebrada en fecha 08 de marzo de 2001 por la apoderada actora, abogada CLAUDIA DÍAZ GARCÍA y el co-demandado, abogado WILSON SÁNCHEZ MORALES, dándose así por terminado el presente juicio en relación con ese co-demandado, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se declaró CON LUGAR la demanda interpuesta el 20 de enero de 1998, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por la apoderada judicial de la parte demandante contra el co-demandado, ciudadano RAFAEL ÁNGEL RAMÍREZ, por reivindicación de inmueble. Se ORDENA al co-demandado hacer entrega al demandante de las dependencias del inmueble. Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 15 de marzo de 2001, por el abogado CRUZ ENRIQUE SANTIAGO SULBARÁN, apoderado judicial del prenombrado co-demandado, ciudadano RAFAEL Á.....