JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, trece de julio de dos mil nueve.
199º y 150º
Por recibida la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANGEL GERARDO ROJAS CRESPO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.495.186, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, por medio de su apoderada judicial, abogada DULCE MARIA SALAZAR DE PUCCINI, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.992.400, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.158, y civilmente hábil, es por lo que se ordena formar expediente y dársele entrada y como quiera que dicha solicitud, llena los extremos requeridos en el Código Civil y en el Código de Procedimiento Civil, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley, y además porque este Tribunal es competente.....